Capacidad progresiva
La capacidad de ejercicio de derechos no se adquiere de un día para el otro al cumplir 18 años. Es un proceso gradual por el cual las personas menores de edad pueden ir ejerciendo derechos por sí mismas de acuerdo a su edad y grado de madurez. Por eso se llama capacidad o autonomía progresiva.
Se basa en el reconocimiento de la capacidad evolutiva de cada niño, niñas y adolescente, en la comprensión de que, con su progresiva maduración y autonomía, el nivel de abstracción, de expresión, de independencia y de pensamiento, se vuelve paulatinamente cada vez más independiente
Fuentes
Ley Simple [1]
Jurisprudencia Vinculada
L., R. c/ M.Q., M.G. s/ TENENCIA DE HIJOS. - SENTENCIA.CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. [2]
Doctrina Vinculada
La capacidad progresiva de los niños y su participación en las mediaciones familiares [3]