Producción pública de medicamentos
La ley 26.688 establece la producción pública de medicamentos para favorecer el acceso a la salud y el desarrollo científico.
La producción pública de medicamentos es la que se realiza en laboratorios del Estado nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de las fuerzas armadas y de las instituciones universitarias de gestión estatal.
Los medicamentos son bienes sociales y la ley quiere asegurar:
- El acceso a medicamentos y vacunas.
- El desarrollo científico y tecnológico en la producción de medicamentos.
Se producen los medicamentos esenciales según la Organización Mundial de la Salud y los medicamentos necesarios para atender las posibilidades de epidemias y de enfermedades características de algunas estaciones del año de las regiones de nuestro país.
Cada 2 años debe hacerse un estudio para conocer las necesidades de medicamentos y producirlos.
La producción pública debe hacer los medicamentos necesarios para la atención primaria de la salud.
También debe producir los llamados ¨medicamentos huérfanos¨, que son los que generalmente no produce la industria farmacéutica, porque es costoso producirlo y son pocos los pacientes que los necesitan.
La ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología) es el organismo que controla toda la producción de medicamentos en el país y debe exigir a los laboratorios de producción pública que cumplan las buenas prácticas de fabricación y control de medicamentos.
Además, los laboratorios de producción pública pueden hacer convenios con universidades u otras entidades estatales para que hagan el control de calidad de los medicamentos, vacunas y productos médicos.
Fuente
Ley Simple [1]