Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados

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El Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados se creó en 2003 mediante la Ley 25.764. Depende de la Subsecretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Tiene como objetivo ejecutar las medidas que preserven la seguridad de las personas imputadas y testigos que se encuentren en una situación de peligro para su vida o integridad física, que hayan colaborado de modo trascendente y eficiente en una investigación judicial de competencia federal por delitos de lesa humanidad, narcotráfico, secuestro extorsivo, terrorismo y trata de personas.

También podrán incorporarse al Programa personas imputadas y testigos en causas vinculadas con delincuencia organizada o violencia institucional, si la trascendencia e interés político criminal de la investigación lo aconsejaran.

La incorporación al Programa debe ser solicitada de oficio o a petición de la Fiscalía, Juzgado o Tribunal Federal a cargo de la causa que recibiera la declaración que justifique la incorporación de la persona testigo o imputada.

Es condición inexcusable para la admisión y permanencia de la persona testigo o imputada la validez, verosimilitud e importancia del aporte para la investigación y juicio penal correspondiente, así como que se mantenga absoluta reserva y confidencialidad respecto de la situación de protección y de las medidas adoptadas.

Fuente

Protección de testigos [1]

Ley 25.764 [2]