Derechos del paciente

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Como paciente tenés derecho a saber sobre tu estado de salud y los posibles tratamientos. Podés decidir si querés recibir o no los tratamientos que prolonguen tu vida artificialmente. (Ley 26.529)

Atención médica

Toda persona tiene derecho a ser asistida por médicos. Sólo pueden dejar de atenderte cuando se haya hecho cargo otro médico o personal competente.

La ley reconoce el derecho al trato digno y respetuoso. Que te traten bien, que respeten tus pensamientos sobre cuestiones de género, pudor e intimidad. Las personas que te acompañan también tienen este derecho al trato digno.

Estado de salud

Tenés derecho a que los médicos te den una explicación clara sobre:

  • Tu estado de salud.
  • Los beneficios riesgos de los tratamientos que te recomiendan.
  • Las consecuencias de no seguir los tratamientos recomendados.
  • Podés pedir que te den toda la información por escrito para hacer consultas con otros médicos.
  • También tenés derecho a negarte a recibir toda o parte de la información que no quieras conocer.

Como paciente tenés derecho a que los equipos médicos respeten tu intimidad y no den a otras personas información sobre tu salud.

Los médicos que te atienden sólo pueden informar a otros tu estado de salud:

Cuando tienen tu autorización. Cuando un juez se lo pide.

Consentimiento informado

Después de que el médico te explica claramente cuál es el tratamiento recomendado, sus beneficios y sus riesgos, te pregunta si lo querés aceptar. Esa aceptación se llama “consentimiento informado”. Podés hacer todas las preguntas que quieras al médico antes de dar tu consentimiento para un tratamiento o intervención médica. Sólo en casos excepcionales los médicos pueden atenderte sin tu consentimiento.

Eso puede pasar cuando:

  • Existe grave peligro para la salud pública.
  • Está en grave peligro tu salud o tu vida y no podés dar tu consentimiento ni lo pueden dar tus representantes legales.

El consentimiento informado debe hacerse por escrito cuando se trata de operaciones, internaciones y tratamientos invasivos o riesgosos.

Siempre podés negarte a recibir un tratamiento médico. Nadie puede obligarte a dar explicaciones por eso.


Enfermedad terminal

En caso de tener una enfermedad irreversible, incurable o en estadío terminal, tenés derecho a negarte a que te alimenten, te hidraten, o te reanimen si esos procedimientos producen mucho sufrimiento y no sirven para que tu salud mejore. También tenés derecho a pedir que te retiren las medidas de soporte vital si no sirven para que tu salud mejore.

Toda persona mayor de edad puede dejar por escrito que acepta o rechaza determinados tratamientos médicos, preventivos o paliativos. Podés cambiar de opinión en cualquier momento.

Si tenes una enfermedad terminal podes recibir los cuidados necesarios para no sufrir. Se llaman cuidados paliativos. Son las atenciones y tratamientos que se dan a los enfermos terminales para mejorar su calidad de vida y evitar el dolor. Tenés derecho a recibirlos.


Historia clínica

Es el documento donde están todas las actuaciones médicas que te realizaron y la información sobre tu salud.

La historia clínica es tuya. Podés pedirla en cualquier momento. Deben dártela dentro de las 48 horas de tu pedido. Si se trata de una urgencia, tienen que dártela antes.

Si se niegan a darte tu historia clínica podes iniciar una acción legal que se llama Hábeas Data.

Fuente

Ley Simple [1]