Tratamiento de la persona privada de la libertad
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El tratamiento que recibe las Personas privadas de la libertad debe ser:
- Programado.
- Individualizado.
- Obligatorio en todo lo que se relaciona con la convivencia, la disciplina y el trabajo.
- Tener en cuenta las condiciones personales del condenado, sus intereses y necesidades.
- Las demás actividades que formen parte del tratamiento deben ser voluntarias.
Fuente
Derecho Fáicil [1]