Pacto
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Concierto o acuerdo en que dos o más personas o entidades se convienen para una cosa determinada, obligándose a su observancia. En términos generales equivale a contrato, convención o convenio, pero puede también referirse a las condiciones, cláusulas o estipulaciones que integran el contrato. Además, nombre de ciertos tratados internacionales. Estrictamente, por el origen romano, la convención jurídica carente de acción judicial.
Referencias
"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.
Fuentes
Glosario Ijudicial. [1]