Prisión perpetua
La prisión perpetua o, en coloquial, cadena perpetua es un castigo que obliga a la persona a estar en la cárcel toda su vida.
El Código Penal en su artículo 13 establece que:
El condenado a prisión perpetua que cumpla 35 años de condena, que haya cumplido los reglamentos carcelarios, puede obtener la libertad por resolución judicial, previo informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social, bajo las siguientes condiciones:
1º.- Residir en el lugar que determine el juez;
2º.- Observar las reglas de inspección que fije el juez, especialmente la obligación de abstenerse de consumir bebidas alcohólicas o utilizar estupefacientes;
3º.- Adoptar en el plazo que el juez determine, oficio, arte, industria o profesión, si no tuviere medios propios de subsistencia;
4º.- No cometer nuevos delitos;
5º.- Someterse al cuidado de un patronato, indicado por las autoridades competentes;
6º.- Someterse a tratamiento médico, psiquiátrico o psicológico, que acrediten su necesidad y eficacia de acuerdo al consejo de peritos.
Fuente
Bibloteca Digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos [1]
Código Penal de la Nación [2]