Ciudadanía

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La ciudadanía es una construcción que debe entenderse dentro de un proceso histórico; es un concepto variable, que posee múltiples acepciones conforme al contexto en que aparece. Gordon (2001) refiere que según T. H. Marshall: “(…) la ciudadanía es un status de plena pertenencia de los individuos a una sociedad y se confiere a quienes son miembros a pleno derecho de una determinada comunidad, en virtud de que disfrutan de derechos en tres ámbitos: civil, político y social”. (p. 24).

Las luchas sociales y el reconocimiento de derechos incluyeron dentro de esta categoría a grupos antes excluidos. Sin embargo, recién en el siglo XX se avanza hacia su universalización. De esta manera, las mujeres consiguen el acceso al sufragio a partir del primer cuarto del siglo XX mientras que las niñas, niños y adolescentes recién serán reconocidos como ciudadanos a partir de la sanción de la Convención sobre los Derechos del Niño en 1989.

La Convención sobre los Derechos del Niño es el instrumento de derechos humanos que aporta el andamiaje jurídico a la construcción de la ciudadanía infanto-juvenil. Desde su perspectiva, la ciudadanía nace con los sujetos y “se modifica al mismo tiempo que se desarrolla la autonomía, la participación en la vida social y las diversas capacidades” (EDADH-UNICEF, 2008, p.26).

En la actualidad y con el avance en los derechos humanos, el derecho a la ciudadanía es de todas las personas y remite necesariamente a dos nociones claves involucradas en dicho concepto: igualdad y participación. En este sentido, Baratta (1999) expresa: “La ciudadanía es el estado jurídico de plena participación en la comunidad estatal y (…) el pleno ejercicio de esos derechos tiene como condición el ejercicio de todos los otros derechos fundamentales, de los derechos civiles y de libertad y de los derechos económicos, sociales y culturales. La ciudadanía no es idéntica a la democracia, pero no puede existir sin democracia, y no puede existir democracia sin ciudadanía”. (p. 42-43).

Por este motivo, debe contemplarse el contexto económico-social y cultural ya que es un dato constitutivo del alcance y las posibilidades de la participación ciudadana. La imposibilidad de acceder a un nivel de vida adecuado supone una exclusión de los derechos básicos sin los cuales no puede pensarse en una ciudadanía plena, imprescindible para el funcionamiento de la democracia.

A su vez, la igualdad solo puede sostenerse en el reconocimiento de las diferencias inherentes a los colectivos sociales tanto en la construcción de su identidad como en la garantía de sus necesidades. La no consideración de las diferencias produce entonces desigualdad y asimetría de poder; de esa manera no se contemplaría la titularidad de derechos a aquellos grupos o personas que no se adecúen al modelo de ciudadano universal “ideal”. Tal como se mencionara anteriormente, la ciudadanización de mujeres y niñas, niños y adolescentes es fiel reflejo de estas luchas y conquistas. (Di Marco, Brener, Llobet y Méndez, 2010)

Fuentes: Glosario Sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 3era. Edición - 2018 CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. DIRECCIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS E INVESTIGACIÓN. https://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/glosario_siproid_2018_web.pdf