Usura
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Revisión del 15:32 27 nov 2018 de Elizabeth Orlando (discusión | contribuciones)
El que, aprovechando la necesidad, la ligereza o la inexperiencia de una persona le hace dar o prometer, en cualquier forma, para sí o para otro, intereses u otras ventajas pecuniarias evidentemente desproporcionadas con su prestación, u otorgar recaudos o garantías de carácter extorsivo, comete el delito de usura.
También quien adquiere, transfiere o hace valer un crédito usurario, sabiendo que lo es.
La pena se eleva si el autor es prestamista o comisionista usurario profesional o habitual.
Fuente
Código Penal de la Nación Art. 175 bis. [1]