Ejecución del deudor

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La ejecución del deudor consiste en el ejercicio de los poderes del acreedor, o de la masa de acreedores, respecto del patrimonio de aquel, para obtener forzadamente el objeto debido, o la indemnización.

Cuando el acreedor singular encara a su deudor en su propio interés, se trata de la ejecución individual.

En cambio, cuando actúa la masa o conjunto de acreedores, respecto del deudor insolvente, se trata de la ejecución colectivo (concurso civil o quiebra).

Fuentes

Glosario para periodistas: términos judiciales más usados. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta.

Referencias

Poder Judicial de Salta [1]