Daño informático

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Al que alterare, destruyere o inutilizare datos, documentos, programas o sistemas informáticos; o vendiere, distribuyere, hiciere circular o introdujere en un sistema informático, cualquier programa destinado a causar daños. Art 183, inciso 2 C.P.

Nota de alcance

Término utilizado en el ámbito del proceso penal, informática forense y pericias informáticas.

Referencias

InfoLeg [1]

Fuentes

Universidad FASTA

InFo-Lab