Activos autorizados para integrar el patrimonio del fondo
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Activos autorizados para integrar el patrimonio del fondo (en adelante activos autorizados), comprende todos los activos contemplados en el artículo 1º de la ley que pueden formar parte del objetivo de inversión del fondo, los cuales deben estar detallados en los reglamentos.
Fuente
Banco Central de la República Argentina
Referencia
Diccionario financiero [1]