Habilitación

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Esta palabra tiene diversas acepciones. Una de ellas es la de subsanar en las personas su falta de capacidad civil o de representación, como sucede en los casos de emancipación, de los menores, y en las cosas, sus deficiencias de aptitud o de permisión legal, como ocurre con la habilitación de días y horas inhábiles para la práctica de diligencias judiciales. Pero en la Argentina.

La habilitación se refiere al acto de otorgar a una persona la capacidad legal para realizar ciertos actos o ejercer ciertos derechos que, de otro modo, no podría hacer por sí misma. (ver fuente 2)

Referencias

"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.

Fuentes

Glosario Ijudicial. [1]

Fuente 2

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