Ley de Ministerios

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Dice el Artículo 100 de la C.N. que El Jefe de Gabinete de ministros y los Ministros del Poder Ejecutivo, regidos por una ley especial , tienen a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y legalizan los actos del presidente por medio de su firma, sin la cual no tienen eficacia.

Esa ley es la ley de Ministerios, 22.520 que establece los ministerios, sus funciones y atribuciones.

El Presidente Milei ha establecido 9 Ministerios


Los Ministerios serán los siguientes:

- Del Interior

- De Relaciones Exteriores y Culto

- De Defensa

- De Economía

- De Infraestructura

- De Justicia

- De Seguridad

- De Capital Humano

- De Salud

Fuente

Infoleg [1]