Ley de Ministerios
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Dice el Artículo 100 de la C.N. que El Jefe de Gabinete de ministros y los Ministros del Poder Ejecutivo, regidos por una ley especial , tienen a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y legalizan los actos del presidente por medio de su firma, sin la cual no tienen eficacia.
Esa ley es la ley de Ministerios, 22.520 que establece los ministerios, sus funciones y atribuciones.
El Presidente Milei ha establecido 9 Ministerios
Los Ministerios serán los siguientes:
- Del Interior
- De Relaciones Exteriores y Culto
- De Defensa
- De Economía
- De Infraestructura
- De Justicia
- De Seguridad
- De Capital Humano
- De Salud
Fuente
Infoleg [1]