Garantías constitucionales
El Artículo 18 de la Constitución Nacional establece las principales Garantías constitucionales Se trata de garantías constitucionales del proceso penal.
- Está prohibido que un habitante:
• reciba una pena sin un juicio previo. El juicio debe basarse en una ley anterior al delito
• sea juzgado por comisiones especiales
• sea juzgado por jueces que por ley no le corresponden.
- Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo.
- Nadie puede ser arrestado sin una orden escrita de la autoridad.
- La defensa en juicio de la persona y de los derechos es inviolable.
- El domicilio es inviolable. También la correspondencia y los papeles privados. La ley dice en qué casos se puede hacer un allanamiento.
- Están prohibidos la pena de muerte por causas políticas y las torturas.
- Las cárceles de la Nación son limpias y para seguridad y no para castigo de los presos.
Luego el artículo 43 establece algunas garantías constitucionales nuevas: Acción de amparo – Habeas data – Habeas corpus
- Toda persona puede presentar acción de amparo:
si no existe otro medio judicial mejor contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares que en forma actual o inminente lesione o amenace con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta derechos y garantías que surgen de la Constitución, un tratado o una ley.
El juez puede declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se basa el acto u omisión denunciada.
Se puede presentar esta acción: contra la discriminación en relación a los derechos que protegen al ambiente en defensa de la competencia por los derechos de usuario y al consumidor por derechos de incidencia colectiva
La acción la puede presentar: el afectado el defensor del pueblo asociaciones de defensa de derechos
- Toda persona puede presentar esta acción para saber sobre sus datos en bancos de datos públicos o privados destinados a dar informes, y la finalidad de esa información.
En caso de falsedad o discriminación, puede exigir que borren o corrijan los datos. No se puede afectar el secreto de las fuentes de información periodística.
- La acción de hábeas corpus se presenta cuando el derecho afectado o amenazado es:
la libertad física el agravamiento ilegítimo en la detención la desaparición forzada de personas La puede presentar el afectado o cualquiera en su favor. El juez resuelve de inmediato, aun durante un estado de sitio.
Referencias
Para seguir leyendo Las Garantías constitucionales del proceso penal