Consentimiento informado
Los médicos deben informarte cuál es tu estado de salud. También deben explicarte claramente cuál es el tratamiento médico recomendado, sus beneficios y sus riesgos y te preguntan si lo querés aceptar. Esa aceptación se llama “consentimiento informado”. Antes de dar tu consentimiento para un tratamiento o intervención médica, podés hacer todas las preguntas que quieras al médico.
Sólo en casos excepcionales los médicos pueden atenderte sin tu consentimiento. Eso puede pasar cuando:
-Existe grave peligro para la salud pública.
-Está en grave peligro tu salud o tu vida y no podés dar tu consentimiento ni lo pueden dar tus representantes legales.
El consentimiento informado en general no se da por escrito. Sólo debe hacerse por escrito cuando se trata de operaciones, internaciones y tratamientos invasivos o riesgosos.
Derecho de los/las pacientes a conocer toda la información sobre el tratamiento que reciben y las opciones con las que cuentan si no quieren someterse a él. Esto debe volcarse en un documento donde se acepta o rechaza el tratamiento. Fuente 2 Referencia 2
Jurisprudencia vinculada
Cámara de Apelaciones Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sala 03 [1]
Fuente 2
Editorial Jusbaires, 2019.
Referencia 2
Glosario Jurídico en Lenguaje Claro Infanto Juvenil – GPS de Palabras