Acceso a comunicaciones personales
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Es la autorización que da un juez para intervenir una comunicación personal, como una llamada de teléfono.
El acceso a la comunicación personal es la capacidad de una persona para interactuar, expresarse y comunicarse de manera efectiva con otras personas.
Contenido
Nota de alcance
Término utilizado en el ámbito de la informática forense y pericias informáticas.
Referencias
Sistemas Operativos Modernos http://info-lab.org.ar/images/pdf/PAIF.pdf
Sistemas Operativos http://info-lab.org.ar/images/pdf/PAIF.pdf
Comunicaciones y redes de computadores http://info-lab.org.ar/images/pdf/PAIF.pdf
Fuentes
Fuente 2
Derecho fácil - SAIJ