No discriminación
El principio de no discriminación tiene una doble expresión en la CDN. En primer término, la Convención es en sí misma un tratado contra la discriminación, ya que pretende asegurar que niñas, niños y adolescentes tengan la titularidad de los mismos derechos que les corresponden a todas las personas, y para lograrlo, no sólo los reafirma sino que establece nuevas protecciones dado que se trata de sujetos en desarrollo. La segunda expresión, es que la no discriminación, exige una protección igualitaria de los derechos de la infancia, atendiendo a sus particularidades. Todas las niñas y los niños, cualquiera sea su condición, tienen derecho a no ser discriminados.
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Referencias
"Glosario Sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 3era. Edición - 2018 CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. DIRECCIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS E INVESTIGACIÓN"
Fuentes
Glosario Sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes [1]
Principio que garantiza igualdad de trato a NNyA, sin distinción de género, origen, religión, edad, entre otros.
Fuente 2 Referencia 2
Fuente 2
Editorial Jusbaires, 2019.
Referencia 2
Glosario Jurídico en Lenguaje Claro Infanto Juvenil – GPS de Palabras