Daño emergente

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Se refiere a la pérdida que un acreedor sufre por el incumplimiento de la obligación del deudor. Detrimento o destrucción de los bienes, a diferencia del lucro cesante.

Referencias

"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.

Fuentes

Glosario Ijudicial. [1]