Detención domiciliaria
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Revisión del 08:18 15 mar 2019 de Ana Angulo (discusión | contribuciones)
Es la pena de prisión que se cumple en el domicilio del condenado, cuando la persona:
- Está enferma y la privación de la libertad le impide recuperarse.
- Tiene una enfermedad incurable en período terminal.
- Es una persona con discapacidad.
- Es mayor de 70 años.
- Es una mujer embarazada.
- Es una madre de un niño menor de cinco (5) años o de una persona con discapacidad a su cargo.
Debe ser dispuesta por Juez de ejecución penal o competente. Asimismo, en los primeros tres supuestos se requerirán informes médico, psicológico y social del detenido.
Asimismo, se podrá requerir al Patronato de Liberados o Servicio Social calificado que se encargue de la supervisión de la detención.[1]