Daño informático
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Es el delito por el cual se condena al que altere, destruya o inutilice datos, documentos, programas o sistemas informáticos; o venda, distribuya, haga circular o introduzca en un sistema informático, cualquier programa destinado a causar daños. Art 183, inciso 2 C.P.
Nota de alcance
Término utilizado en el ámbito del proceso penal, informática forense y pericias informáticas.
Referencias
InfoLeg [1]