Litisexpensas
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Revisión del 15:31 9 jun 2017 de RodoCasti (discusión | contribuciones)
Cantidad dineraria que fija el Juez en las medidas provisionales de los procesos, con el objeto de cubrir los gastos de un juicio determinado. (1)
Obligación impuesta por la ley a una persona de sufragar los gastos del proceso en que litiga otra, unida al obligado por vínculo de parentesco o de intereses económicos (Couture). (2)
Fuentes
Diccionario Jurídico. Compilación de significados y usos de términos jurídicos. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (1)
Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio. Página 437. (2)
Referencias
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [1] (1)
Manuel Ossorio. (2)