Diferencia entre revisiones de «Parte»

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [http://www.buenosaires.gob.ar/justiciayseguridad/diccionario-juridido#A]
 
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Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura [http://www.Editorial.jusbaires.gob.ar]
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Revisión del 08:59 21 jul 2021

La parte es una persona humana o jurídica que actúa en un juicio (por ejemplo: actor o demandado).

El Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, desde su artículo 40, regula las facultades de las partes en el juicio.[1]


Personas que participan de un juicio. Fuente 2 Referencia 2

Fuentes

Diccionario Jurídico. Compilación de significados y usos de términos jurídicos. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Referencias

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [1]


Fuente 2

Guía de Acceso a la Justicia en LC

Referencia 2

Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura [2]
  1. Ley 17.454 - Código Procesal Civil y Comercial de la Nación[3]