Diferencia entre revisiones de «Transacción»
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== Fuente == | == Fuente == | ||
Código Civil y Comercial de la Nación art. 1641 al 1648 [http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/235000-239999/235975/texact.htm#22] | Código Civil y Comercial de la Nación art. 1641 al 1648 [http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/235000-239999/235975/texact.htm#22] | ||
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+ | [[Categoría: Civil y Comercial]] |
Revisión actual del 14:21 5 abr 2021
Es una concesión que se hace al adversario de un Conflicto para poner fin al conflicto. El adversario realiza esta concesión aunque este convencido de tener razón en la situación.
El artículo 1641 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina define a la transacción como "un contrato por el cual las partes, para evitar un litigio, o ponerle fin, haciéndose concesiones recíprocas, extinguen obligaciones dudosas o litigiosas".
Fuente
Código Civil y Comercial de la Nación art. 1641 al 1648 [1]