Diferencia entre revisiones de «Imputabilidad»

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'''Fuerza física irresistible''' ocurre cuando la persona es empujado por otro, por una máquina, arrastrado por un fuerte viento, etc.
 
'''Fuerza física irresistible''' ocurre cuando la persona es empujado por otro, por una máquina, arrastrado por un fuerte viento, etc.
  
'''Estaddo de necesidad''', es causar un mal para evitar otro mayor. Por ejemplo, quien pierde el control de su auto, maniobra para evitar atropellar a una persona y dirige su auto contra una vidriera y la rompe.
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'''Estado de necesidad''', es causar un mal para evitar otro mayor. Por ejemplo, quien pierde el control de su auto, maniobra para evitar atropellar a una persona y dirige su auto contra una vidriera y la rompe.
  
 
'''Cumplimiento de un deber o ejercicio de un derecho, autoridad o cargo''' es cuando por ejemplo, los funcionarios policiales, actuando dentro de la ley, cumplen con sus deberes y producen un daño.
 
'''Cumplimiento de un deber o ejercicio de un derecho, autoridad o cargo''' es cuando por ejemplo, los funcionarios policiales, actuando dentro de la ley, cumplen con sus deberes y producen un daño.

Revisión del 11:19 18 mar 2021

Imputable significa que a una persona puede ser sometido a un proceso penal y en su caso, se le puede aplicar una sanción penal.

Es entonces, la condición de la persona que la hace pasible de ser acusada de cometer un delito y ser sometida a un proceso penal.

Por oposición una persona es inimputable cuando no se le puede aplicar una sanción penal. No se les aplica sanción penal aunque hayan cometido un delito:

       *A quien no pudo comprender que lo que hacía era delito o no haya podido dirigir sus acciones.
       *A quien obra por una fuerza física irresistible o bajo amenaza.
       *A quien se encuentra en estado de necesidad.
       *A quien obra en cumplimiento de un deber o ejerciendo un derecho, autoridad o cargo.
       *A quien actúa por obediencia debida.
       *A quien actúa en legítima defensa.

Una persona no comprende que lo que hace es delito, por ejemplo por insuficiencia en sus facultades mentales. Es decir cuando falta un desarrollo mental suficiente, como la debilidad mental. Por enfermedad mental. El juez puede ordenar la internación de esta persona si hay peligro para sí misma o para los demás. Por un estado de inconsciencia. Este puede ser causado por delirio febril, intoxicación, convulsiones. Por error o ignorancia.

Fuerza física irresistible ocurre cuando la persona es empujado por otro, por una máquina, arrastrado por un fuerte viento, etc.

Estado de necesidad, es causar un mal para evitar otro mayor. Por ejemplo, quien pierde el control de su auto, maniobra para evitar atropellar a una persona y dirige su auto contra una vidriera y la rompe.

Cumplimiento de un deber o ejercicio de un derecho, autoridad o cargo es cuando por ejemplo, los funcionarios policiales, actuando dentro de la ley, cumplen con sus deberes y producen un daño.

Obediencia debida es el cumplimiento de órdenes recibidas dentro de una estructura jerárquica. Como por ejemplo la estructura militar. Sin embargo, la justicia no admite la obediencia ciega, el inferior no debe cumplir una orden si se trata de actos criminales o de extraordinaria gravedad, actos atroces o aberrantes. Ante una orden de contenido ilegal evidente, el inferior debe desobedecer el mandato, para no ser responsable con el superior por el delito.

Una persona actúa en legítima defensa, cuando se defiende o defiende a otro de una agresión. Para que se aplique esta defensa es necesario:

       Que la agresión sea ilegítima.
       Que el medio para defenderse sea necesario y racional.
       Que quien se defiende no haya provocado al agresor.

Fuentes

Derecho Fácil. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Ley Simple [1]