Diferencia entre revisiones de «Lucro cesante»

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Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio. (2)
 
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[[Categoría: Civil y Comercial]]

Revisión del 08:29 5 mar 2021

​El lucro cesante son los ingresos o ganancias que una persona deja de percibir, por culpa de otra. Por ejemplo, cuando en un accidente de tránsito un auto particular choca a un taxi y lo deja sin trabajar mientras dura la reparación. (1)

El lucro cesante es lo que una persona deja de ganar cuando el deudor incumple su obligación. (2)

El Código Civil y Comercial de la Nación incluye el lucro cesante dentro de la indemnización, conforme el artículo 1738. [1]


Fuentes

Diccionario Jurídico. Compilación de significados y usos de términos jurídicos. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (1)

Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio. Página 439. (2)

Referencias

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [1] (1)

Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio. (2)
  1. Código Civil y Comercial de la Nación [2]