Diferencia entre revisiones de «Negligente»

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Incurso en negligencia; en especial, cuando hay reiteración o hábito. Es decir, cuando se omite más o menos voluntaria pero consciente, de la diligencia que corresponde en los actos jurídicos, en los nexos personales y en la guarda o gestión de los bienes.
 
Incurso en negligencia; en especial, cuando hay reiteración o hábito. Es decir, cuando se omite más o menos voluntaria pero consciente, de la diligencia que corresponde en los actos jurídicos, en los nexos personales y en la guarda o gestión de los bienes.
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==Referencias==
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"Glosario  Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.
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==Fuentes==
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Glosario  Ijudicial. [https://ijudicial.gob.ar/glosario/]
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Revisión del 08:57 2 feb 2021

Incurso en negligencia; en especial, cuando hay reiteración o hábito. Es decir, cuando se omite más o menos voluntaria pero consciente, de la diligencia que corresponde en los actos jurídicos, en los nexos personales y en la guarda o gestión de los bienes.

Referencias

"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.

Fuentes

Glosario Ijudicial. [1]

[[Categoría: Civil y Comercial]