Diferencia entre revisiones de «Reconocimiento judicial»
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Revisión del 09:44 20 ene 2021
Diligencia que realiza el juez solo o en unión de las partes, de los peritos o de los testigos, para comprobar la existencia de una persona o de una cosa, o bien la realidad de un hecho. Es frecuente en la identificación de cadáveres, en la reconstitución de un acto delictivo, o para que los acusadores o los testigos señalen en rueda de presos, o entre otras personas, ala que crean haber visto realizando el delito.