Diferencia entre revisiones de «Medidas de protección policial»
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Revisión del 08:19 25 nov 2020
Medidas obligatorias y complementarias a ser tomadas por funcionarios/as pertenecientes a las Fuerzas Policiales y de Seguridad al momento de tomar una denuncia por violencia de género con el objetivo de resguardar la seguridad de la persona que sufre violencia y en virtud del riesgo que reviste el caso.
Referencias
"PROTOCOLO DE ACTUACIÓN POLICIAL PARA LA RECEPCIÓN Y REGISTRO DE DENUNCIAS DEL “SISTEMA ÚNICO DE REGISTRO DE DENUNCIAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO (URGE)”.
Fuentes
Resolución 408/2020 del Ministerio de Seguridad - Anexo 2. [1]