Diferencia entre revisiones de «Medidas de protección policial»

De WIKI Derecho Fácil
Saltar a: navegación, buscar
Línea 1: Línea 1:
 
Medidas obligatorias y complementarias a ser tomadas por funcionarios/as pertenecientes a las Fuerzas Policiales y de Seguridad al momento de tomar una
 
Medidas obligatorias y complementarias a ser tomadas por funcionarios/as pertenecientes a las Fuerzas Policiales y de Seguridad al momento de tomar una
 
denuncia por violencia de género con el objetivo de resguardar la seguridad de la persona que sufre violencia y en virtud del riesgo que reviste el caso.
 
denuncia por violencia de género con el objetivo de resguardar la seguridad de la persona que sufre violencia y en virtud del riesgo que reviste el caso.
 
  
 
==Referencias==
 
==Referencias==
Línea 8: Línea 7:
  
 
==Fuentes==
 
==Fuentes==
Resolución 408/2020 del Ministerio de Seguridad. [https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/237163/20201111]
+
Resolución 408/2020 del Ministerio de Seguridad - Anexo 2. [https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/237163/20201111]
  
 
[[Categoría: Derechos Humanos]]
 
[[Categoría: Derechos Humanos]]

Revisión del 09:01 16 nov 2020

Medidas obligatorias y complementarias a ser tomadas por funcionarios/as pertenecientes a las Fuerzas Policiales y de Seguridad al momento de tomar una denuncia por violencia de género con el objetivo de resguardar la seguridad de la persona que sufre violencia y en virtud del riesgo que reviste el caso.

Referencias

"PROTOCOLO DE ACTUACIÓN POLICIAL PARA LA RECEPCIÓN Y REGISTRO DE DENUNCIAS DEL “SISTEMA ÚNICO DE REGISTRO DE DENUNCIAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO (URGE)”.

Fuentes

Resolución 408/2020 del Ministerio de Seguridad - Anexo 2. [1]