Diferencia entre revisiones de «Acreedor»

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Revisión del 14:09 22 dic 2016

Es la persona-física o ideal titular de un derecho de crédito. El acreedor constituye el factor activo de la obligación, y tiene el Poder jurídico de exigir del factor pasivo de la misma (deudor) un determinado comportamiento. Considerada desde su punto de vista, la obligación recibe el nombre de crédito (creditum).

Fuentes

Glosario para periodistas: términos judiciales más usados. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta.

Referencias

Poder Judicial de Salta [1]