Diferencia entre revisiones de «Prueba pericial»

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Es el estudio especializado sobre una determinada materia redactado para ser presentado en un juicio.
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La pericia puede ser sobre la autenticidad de un documento o su firma, pericia médica, pericia psiquiátrica o psicológica, pericia de un ingeniero o arquitecto sobre el estado de un inmueble, etc.
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El Código Procesal Civil y Comercial de la Nación regula la prueba pericial desde su artículo 457-.<ref>Ley 17.454 - Código Procesal Civil y Comercial de la Nación[https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-17454-16547]</ref>
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Equipo de Derecho Fácil. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación Argentina.
 
Equipo de Derecho Fácil. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación Argentina.

Revisión del 11:51 19 feb 2020

La pericia o prueba pericial es uno de los medios de prueba.

La pericia es el estudio especializado sobre una determinada materia redactado para ser presentado en un juicio.

La pericia es elaborada por un experto llamado perito.

La pericia puede ser sobre la autenticidad de un documento o su firma, pericia médica, pericia psiquiátrica o psicológica, pericia de un ingeniero o arquitecto sobre el estado de un inmueble, etc.

El Código Procesal Civil y Comercial de la Nación regula la prueba pericial desde su artículo 457-.[1]

Referencias

Fuentes

Equipo de Derecho Fácil. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación Argentina.
  1. Ley 17.454 - Código Procesal Civil y Comercial de la Nación[1]