Diferencia entre revisiones de «Hábeas Data»
Línea 1: | Línea 1: | ||
Garantía constitucional destinada a proteger los datos personales guardados en archivos, registros y bancos de datos públicos o privados. | Garantía constitucional destinada a proteger los datos personales guardados en archivos, registros y bancos de datos públicos o privados. | ||
Esta garantía permite iniciar una acción judicial para conocer los datos personales almacenados, exigir su rectificación, supresión, confidencialidad o actualización. | Esta garantía permite iniciar una acción judicial para conocer los datos personales almacenados, exigir su rectificación, supresión, confidencialidad o actualización. | ||
+ | |||
+ | La Constitución Nacional en su art. 43 dice que todas las personas pueden presentar un amparo ante la justicia para tomar conocimiento de los datos a ella referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos de datos públicos, o los privados destinados a proveer informes, y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquéllos. No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística. | ||
+ | |||
== Fuentes == | == Fuentes == | ||
− | + | C.N. Art. 43 [http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/804/norma.htm] | |
''Glosario para periodistas: términos judiciales más usados''. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta. | ''Glosario para periodistas: términos judiciales más usados''. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta. | ||
Revisión del 16:10 19 jul 2018
Garantía constitucional destinada a proteger los datos personales guardados en archivos, registros y bancos de datos públicos o privados. Esta garantía permite iniciar una acción judicial para conocer los datos personales almacenados, exigir su rectificación, supresión, confidencialidad o actualización.
La Constitución Nacional en su art. 43 dice que todas las personas pueden presentar un amparo ante la justicia para tomar conocimiento de los datos a ella referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos de datos públicos, o los privados destinados a proveer informes, y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquéllos. No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística.
Fuentes
C.N. Art. 43 [1] Glosario para periodistas: términos judiciales más usados. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta.
Referencias
Poder Judicial de Salta [2]