Diferencia entre revisiones de «Extradición»
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La extradición es un procedimiento judicial por el cual una persona acusada o condenada por un delito conforme a la ley de un Estado es detenida en otro Estado y devuelta al primero para ser enjuiciada (si está acusada) o para que cumpla la pena (si ya fue condenada). | La extradición es un procedimiento judicial por el cual una persona acusada o condenada por un delito conforme a la ley de un Estado es detenida en otro Estado y devuelta al primero para ser enjuiciada (si está acusada) o para que cumpla la pena (si ya fue condenada). | ||
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Cuando no hay tratado o convención internacional, el Estado al que se le solicita la extradición está facultado para concederla, pero no está obligado a hacerlo. | Cuando no hay tratado o convención internacional, el Estado al que se le solicita la extradición está facultado para concederla, pero no está obligado a hacerlo. | ||
− | + | La obligación de entregar a la persona mediante la extradición no es absoluta pues siempre el Estado conserva la facultad soberana de no concederla si de acuerdo a su legislación interna no se cumplen los requisitos necesarios. | |
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Revisión del 11:40 28 jun 2018
La extradición es un procedimiento judicial por el cual una persona acusada o condenada por un delito conforme a la ley de un Estado es detenida en otro Estado y devuelta al primero para ser enjuiciada (si está acusada) o para que cumpla la pena (si ya fue condenada).
Existe una cooperación internacional muy activa para la represión de los delitos pero también existe la regla de que un Estado está obligado a conceder la extradición de un delincuente extranjero, solamente si existe tratado internacional con el Estado que lo pide o Convención Internacional sobre extradición, que ambos estados firmaron.
Cuando no hay tratado o convención internacional, el Estado al que se le solicita la extradición está facultado para concederla, pero no está obligado a hacerlo.
La obligación de entregar a la persona mediante la extradición no es absoluta pues siempre el Estado conserva la facultad soberana de no concederla si de acuerdo a su legislación interna no se cumplen los requisitos necesarios.
Fuentes
Glosario sobre Migración. Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Referencias
CIDH [1]