Diferencia entre revisiones de «Acogimiento familiar»
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Revisión actual del 12:18 2 ago 2024
Clase de cuidado de niñas, niños y adolescentes desempeñado por una familia diferente a la de origen. De acuerdo a las Directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños (aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en 2010) puede ser realizado por miembros de la familia extensa (incluyendo vínculos sanguíneos, de amistad y / o comunitarios) o en hogares de guarda conformados por una familia distinta de la propia que son designados por las autoridades competentes y cuya idoneidad haya sido comprobada para el ejercicio de esta función. No media parentesco filiatorio en ninguno de los casos. A su vez, las Directrices señalan que se puede producir tanto de manera informal – solución privada en la que por iniciativa del niño, de cualquiera de sus padres o de otra persona se asume el cuidado sin que haya sido ordenada por un órgano judicial o administrativo – o formal – todo acogimiento ordenado por la autoridad judicial o un órgano administrativo con competencia en el tema. En este documento se plantea que si bien las alternativas de acogimiento familiar y las tradicionales modalidades residenciales / institucionales (en hogares convivenciales, por ejemplo) son complementarias, es necesario que los Estados elaboren estrategias alternativas al ingreso a instituciones tendiendo hacia esta última opción solamente en casos de excepcionalidad. Las directrices puntualizan que los niños de 0 a 3 años que necesiten una modalidad alternativa de cuidado debieran ser acogidos exclusivamente en un ámbito familiar. Estos tipos de cuidados alternativos siempre deben disponerse por el período más breve posible desplegando paralelamente estrategias que permitan al niño, niña o adolescente regresar con su familia de origen o bien en caso de que fracasen, solicitar la adopción garantizando el derecho a la convivencia familiar.
El acogimiento familiar es el proceso en el cual un niño, niña o adolescente que no puede vivir con su familia biológica es tomado temporalmente por una familia diferente, llamada familia de acogida o familia acogedora.
Referencias
"Glosario Sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 3era. Edición - 2018 CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. DIRECCIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS E INVESTIGACIÓN"
Fuentes
Glosario Sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes [1]
Fuente 2
Derecho fácil - SAIJ