Diferencia entre revisiones de «Albacea»
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(Página creada con «Persona designada en el testamento que tiene atribuciones conferidas por el testador (la persona que hace un testamento) o las que según las circunstancias son necesarias...») |
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− | + | El albacea es la persona nombrada en un testamento para asegurarse de que se cumpla la voluntad del fallecido. Esta persona tiene responsabilidades específicas, como inventariar los bienes del difunto y rendir cuentas sobre ellos. El testador no puede eximir al albacea de estas responsabilidades. El albacea debe proteger los bienes heredados y hacer un inventario de ellos, notificando a los interesados. Puede ser una persona física, una entidad legal o incluso un organismo público. | |
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Revisión actual del 12:08 12 abr 2024
El albacea es la persona nombrada en un testamento para asegurarse de que se cumpla la voluntad del fallecido. Esta persona tiene responsabilidades específicas, como inventariar los bienes del difunto y rendir cuentas sobre ellos. El testador no puede eximir al albacea de estas responsabilidades. El albacea debe proteger los bienes heredados y hacer un inventario de ellos, notificando a los interesados. Puede ser una persona física, una entidad legal o incluso un organismo público.
Fuente
Derecho Fácil - SAIJ
Fuente
Glosario de la Administración Federal de Ingresos Públicos [[1]]