Diferencia entre revisiones de «Abandono de personas»

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Se  comprende  aquí el desamparo de aquellas a quienes, por algún  concepto, se  está  obligado a proteger. En  el  antiguo Derecho, el pater familias  podía hacer  abandono  de las personas  que de  él  dependían, para  resarcir así  a aquel  a quien habían  causado  daño  o  perjuicio. Tal derecho  había decaído  ya en  tiempos de Justiniano.  
 
Se  comprende  aquí el desamparo de aquellas a quienes, por algún  concepto, se  está  obligado a proteger. En  el  antiguo Derecho, el pater familias  podía hacer  abandono  de las personas  que de  él  dependían, para  resarcir así  a aquel  a quien habían  causado  daño  o  perjuicio. Tal derecho  había decaído  ya en  tiempos de Justiniano.  
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== Jurisprudencia Vinculada ==
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Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. 25-10-2005 [http://www.saij.gob.ar/abandono-personas-inexistencia-delito-sug0022549/123456789-0abc-defg9452-200gsoiramus?q=tema%3Aabandono%3Fde%3Fpersonas&o=3&f=Total%7CFecha%7CEstado%20de%20Vigencia%5B5%2C1%5D%7CTema%5B5%2C1%5D%7COrganismo%5B5%2C1%5D%7CAutor%5B5%2C1%5D%7CJurisdicci%F3n/Nacional%7CTribunal%5B5%2C1%5D%7CPublicaci%F3n%5B5%2C1%5D%7CColecci%F3n%20tem%E1tica%5B5%2C1%5D%7CTipo%20de%20Documento/Jurisprudencia&t=17]
  
  

Revisión del 14:21 15 mar 2022

Se comprende aquí el desamparo de aquellas a quienes, por algún concepto, se está obligado a proteger. En el antiguo Derecho, el pater familias podía hacer abandono de las personas que de él dependían, para resarcir así a aquel a quien habían causado daño o perjuicio. Tal derecho había decaído ya en tiempos de Justiniano.

Jurisprudencia Vinculada

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. 25-10-2005 [1]


Fuente

Legislatura de la provincia de La Rioja.

Referencia

Diccionario Jurídico Elemental [[2]]