Diferencia entre revisiones de «Abandono de personas»
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Se comprende aquí el desamparo de aquellas a quienes, por algún concepto, se está obligado a proteger. En el antiguo Derecho, el pater familias podía hacer abandono de las personas que de él dependían, para resarcir así a aquel a quien habían causado daño o perjuicio. Tal derecho había decaído ya en tiempos de Justiniano. | Se comprende aquí el desamparo de aquellas a quienes, por algún concepto, se está obligado a proteger. En el antiguo Derecho, el pater familias podía hacer abandono de las personas que de él dependían, para resarcir así a aquel a quien habían causado daño o perjuicio. Tal derecho había decaído ya en tiempos de Justiniano. | ||
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+ | == Jurisprudencia Vinculada == | ||
+ | Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. 25-10-2005 [http://www.saij.gob.ar/abandono-personas-inexistencia-delito-sug0022549/123456789-0abc-defg9452-200gsoiramus?q=tema%3Aabandono%3Fde%3Fpersonas&o=3&f=Total%7CFecha%7CEstado%20de%20Vigencia%5B5%2C1%5D%7CTema%5B5%2C1%5D%7COrganismo%5B5%2C1%5D%7CAutor%5B5%2C1%5D%7CJurisdicci%F3n/Nacional%7CTribunal%5B5%2C1%5D%7CPublicaci%F3n%5B5%2C1%5D%7CColecci%F3n%20tem%E1tica%5B5%2C1%5D%7CTipo%20de%20Documento/Jurisprudencia&t=17] | ||
Revisión del 14:21 15 mar 2022
Se comprende aquí el desamparo de aquellas a quienes, por algún concepto, se está obligado a proteger. En el antiguo Derecho, el pater familias podía hacer abandono de las personas que de él dependían, para resarcir así a aquel a quien habían causado daño o perjuicio. Tal derecho había decaído ya en tiempos de Justiniano.
Jurisprudencia Vinculada
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. 25-10-2005 [1]
Fuente
Legislatura de la provincia de La Rioja.
Referencia
Diccionario Jurídico Elemental [[2]]