Diferencia entre revisiones de «Homologación»
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− | ''Acto administrativo realizado por un/a juez/a mediante el cual confirma actos, acuerdos y sentencias para que se ejecuten.'' | + | ''Acto administrativo realizado por un/a juez/a mediante el cual confirma actos, acuerdos y sentencias para que se ejecuten.'' Referencia 2 |
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Revisión del 18:18 20 jul 2021
Acción y efecto de homologar, de dar firmeza las partes al fallo de los árbitros. También, la confirmación por el juez de ciertos actos y convenios de las partes. En materia de quiebras, esta expresión se emplea con referencia a la aprobación judicial del concordato. En Derecho Laboral y en la Argentina, los convenios colectivos deberán ser homologados por la autoridad de aplicación, y, una vez homologados, empezarán a regir y serán de cumplimiento obligatorio para todos y todas.
Acto administrativo realizado por un/a juez/a mediante el cual confirma actos, acuerdos y sentencias para que se ejecuten. Referencia 2
Referencias
"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.
Fuentes
Glosario Ijudicial. [1]