Diferencia entre revisiones de «Indagatoria»
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− | Diccionario de Ciencias Políticas, Jurídicas y Sociales, Manuel Ossorio,Ed. Heliasta S.R.L., pág 374. [1] | + | Diccionario de Ciencias Políticas, Jurídicas y Sociales, Manuel Ossorio, Ed. Heliasta S.R.L., pág 374. [1] |
''Glosario para periodistas: términos judiciales más usados''. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta. | ''Glosario para periodistas: términos judiciales más usados''. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta. |
Revisión del 16:54 20 may 2021
La indagatoria es la declaración que presta una persona ante el juez, porque se le imputa ser autor, cómplice o encubridor de un delito. [1]
La indagatoria es la diligencia prestada por el imputado en relación con el hecho investigado y en presencia del juez, cuando se han reunido suficientes pruebas como para sospechar fundadamente que es responsable, en algún grado de participación. (No es correcto decir el testigo fue indagado; debe decirse prestó declaración o se le tomó declaración).[2]
Declaración de una persona frente a un/a juez/a que tiene motivos suficientes para sospechar que cometió un delito.
Referencias
Diccionario de Ciencias Políticas, Jurídicas y Sociales, Manuel Ossorio, Ed. Heliasta S.R.L., pág 374. [1]
Glosario para periodistas: términos judiciales más usados. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta. Poder Judicial de Salta [1][2]