Diferencia entre revisiones de «Falta de mérito»

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La falta de mérito es una resolución que toma el juez penal –después de la indagatoria al acusado- cuando considera que no hay elementos suficientes para acreditar el hecho o la responsabilidad del imputado. Si está detenido, se lo pone en libertad, sin perjuicio de que la investigación continúe.
 
La falta de mérito es una resolución que toma el juez penal –después de la indagatoria al acusado- cuando considera que no hay elementos suficientes para acreditar el hecho o la responsabilidad del imputado. Si está detenido, se lo pone en libertad, sin perjuicio de que la investigación continúe.
  
Ocurre cuando el juez estima que no hay mérito para ordenar el procesamiento ni tampoco para sobreseer, entonces dicta un auto que declara la falta de mérito, sin perjuicio de seguir la investigación, y dispone la libertad de los detenidos, previa constitución de domicilio (art. 309 del Código Procesal Penal de la Nación).
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Ocurre cuando el juez estima que no hay mérito para ordenar el procesamiento ni tampoco para sobreseer, entonces dicta un auto que declara la falta de mérito, sin perjuicio de seguir la investigación, y dispone la libertad de los detenidos, previa constitución de domicilio (artículo 309 del Código Procesal Penal de la Nación).
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''Resolución de un/a juez/a ante la falta de pruebas suficientes para procesar o sobreseer a una persona. La investigación continúa y si la persona está detenida se ordena su liberación''.
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== Fuentes ==
 
== Fuentes ==

Revisión del 16:08 20 may 2021

La falta de mérito es una resolución que toma el juez penal –después de la indagatoria al acusado- cuando considera que no hay elementos suficientes para acreditar el hecho o la responsabilidad del imputado. Si está detenido, se lo pone en libertad, sin perjuicio de que la investigación continúe.

Ocurre cuando el juez estima que no hay mérito para ordenar el procesamiento ni tampoco para sobreseer, entonces dicta un auto que declara la falta de mérito, sin perjuicio de seguir la investigación, y dispone la libertad de los detenidos, previa constitución de domicilio (artículo 309 del Código Procesal Penal de la Nación).

Resolución de un/a juez/a ante la falta de pruebas suficientes para procesar o sobreseer a una persona. La investigación continúa y si la persona está detenida se ordena su liberación.


Fuentes

Glosario para periodistas: términos judiciales más usados. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta.

Código Procesal Penal de la Nación [1]

Referencias

Poder Judicial de Salta [2]