Diferencia entre revisiones de «Pago a plazos»

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Por convención inicial o novación ulterior, el cumplimiento de una obligación, y más aún el abono de una suma de dinero, en diversas cuotas, con vencimientos periódicos, que van de lo semanal, pasando por lo mensual, hasta lo anual.
 
Por convención inicial o novación ulterior, el cumplimiento de una obligación, y más aún el abono de una suma de dinero, en diversas cuotas, con vencimientos periódicos, que van de lo semanal, pasando por lo mensual, hasta lo anual.
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==Referencias==
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"Glosario  Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.
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==Fuentes==
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Glosario  Ijudicial. [https://ijudicial.gob.ar/glosario/]
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[[Categoría: Civil y Comercial]]

Revisión del 09:44 5 feb 2021

Por convención inicial o novación ulterior, el cumplimiento de una obligación, y más aún el abono de una suma de dinero, en diversas cuotas, con vencimientos periódicos, que van de lo semanal, pasando por lo mensual, hasta lo anual.

Referencias

"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.

Fuentes

Glosario Ijudicial. [1]