Diferencia entre revisiones de «Usufructo»

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Derecho de usar de la cosa ajena y aprovecharse de todos sus frutos,
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Derecho por el que una persona puede usar los bienes de otra y disfrutar de sus beneficios, con la obligación de conservarlos y cuidarlos como si fueran propios.
sin deteriorarla. La propiedad de la cosa sometida a usufructo se denomina
 
nuda propiedad.
 
 
 
== Fuentes ==
 
 
 
''Glosario para periodistas: términos judiciales más usados''. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta.
 
 
 
== Referencias ==
 
 
 
Poder Judicial de Salta [http://www.justiciasalta.gov.ar/]
 

Revisión del 14:09 1 jun 2017

Derecho por el que una persona puede usar los bienes de otra y disfrutar de sus beneficios, con la obligación de conservarlos y cuidarlos como si fueran propios.