Diferencia entre revisiones de «Acreedor»
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Revisión del 16:01 28 oct 2016
Es la persona-física o ideal titular de un derecho de crédito. El acreedor constituye el factor activo de la obligación, y tiene el Poder jurídico de exigir del factor pasivo de la misma (deudor) un determinado comportamiento. Considerada desde su punto de vista, la obligación recibe el nombre de crédito (creditum).
Fuentes
Glosario para periodistas: términos judiciales más usados. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta.
Referencias
Poder Judicial de Salta [1]