Diferencia entre revisiones de «Educación ambiental»
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Es la educación dirigida a los ciudadanos para que valoren el medio ambiente y adopten comportamientos que protejan el medio ambiente. <ref>Derecho Fácil [http://www.derechofacil.gob.ar/leysimple/ley-general-del-ambiente/]</ref> | Es la educación dirigida a los ciudadanos para que valoren el medio ambiente y adopten comportamientos que protejan el medio ambiente. <ref>Derecho Fácil [http://www.derechofacil.gob.ar/leysimple/ley-general-del-ambiente/]</ref> | ||
+ | La Ley 25.675, Ley General del Ambiente, establece que la educación ambiental es uno de los instrumentos de la política y la gestión ambiental –artículo 8-. | ||
+ | Dicha norma define a la educación ambiental como el instrumento básico para generar en los ciudadanos valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con un ambiente equilibrado, propendan a la preservación de los recursos naturales y su utilización sostenible, y mejoren la calidad de vida de la población. | ||
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+ | Además, entiende que la educación ambiental constituirá un proceso continuo y permanente, sometido a constante actualización que, como resultado de la orientación y articulación de las diversas disciplinas y experiencias educativas, deberá facilitar la percepción integral del ambiente y el desarrollo de una conciencia ambiental. | ||
== Referencias == | == Referencias == | ||
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+ | Ley General del Ambiente - Ley 25.675, artículos 8, 14 y 15. | ||
+ | [https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-25675-79980/texto] |
Revisión del 08:57 25 jun 2019
Es la educación dirigida a los ciudadanos para que valoren el medio ambiente y adopten comportamientos que protejan el medio ambiente. [1]
La Ley 25.675, Ley General del Ambiente, establece que la educación ambiental es uno de los instrumentos de la política y la gestión ambiental –artículo 8-. Dicha norma define a la educación ambiental como el instrumento básico para generar en los ciudadanos valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con un ambiente equilibrado, propendan a la preservación de los recursos naturales y su utilización sostenible, y mejoren la calidad de vida de la población.
Además, entiende que la educación ambiental constituirá un proceso continuo y permanente, sometido a constante actualización que, como resultado de la orientación y articulación de las diversas disciplinas y experiencias educativas, deberá facilitar la percepción integral del ambiente y el desarrollo de una conciencia ambiental.
Referencias
Ley General del Ambiente - Ley 25.675, artículos 8, 14 y 15.
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