Diferencia entre revisiones de «Control de constitucionalidad»
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− | Constituye el examen de compatibilidad lógica entre la Constitución y las leyes y demás actos estatales, que los órganos del Poder Judicial, cualquiera sea su jerarquía o fuero, realizan de oficio o a instancia de parte, en el marco de una causa judicial, declarando la invalidez de las leyes y actos impugnados y su consecuente inaplicabilidad al caso juzgado, en el supuesto de encontrarlos contrarios a la Constitución. El control de constitucionalidad tiende a preservar la supremacía de la Constitución y el instrumento procesal por excelencia mediante el cual lo lleva a cabo la Corte Suprema de Justicia en la instancia judicial máxima es el recurso extraordinario. | + | Constituye el examen de compatibilidad lógica entre la Constitución y las leyes y demás actos estatales, que los órganos del Poder Judicial, cualquiera sea su jerarquía o fuero, realizan de oficio o a instancia de parte, en el marco de una causa judicial, declarando la invalidez de las leyes y actos impugnados y su consecuente inaplicabilidad al caso juzgado, en el supuesto de encontrarlos contrarios a la Constitución. |
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+ | El control de constitucionalidad tiende a preservar la supremacía de la Constitución y el instrumento procesal por excelencia, mediante el cual lo lleva a cabo la Corte Suprema de Justicia, en la instancia judicial máxima, es el recurso extraordinario. |
Revisión del 14:38 30 may 2018
Constituye el examen de compatibilidad lógica entre la Constitución y las leyes y demás actos estatales, que los órganos del Poder Judicial, cualquiera sea su jerarquía o fuero, realizan de oficio o a instancia de parte, en el marco de una causa judicial, declarando la invalidez de las leyes y actos impugnados y su consecuente inaplicabilidad al caso juzgado, en el supuesto de encontrarlos contrarios a la Constitución.
El control de constitucionalidad tiende a preservar la supremacía de la Constitución y el instrumento procesal por excelencia, mediante el cual lo lleva a cabo la Corte Suprema de Justicia, en la instancia judicial máxima, es el recurso extraordinario.