Diferencia entre revisiones de «Dolo»

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En Derecho Civil, el dolo es un vicio de la voluntad que consiste en lograr que otra persona celebre un acto jurídico por medio de mentiras, engaños u ocultación de la verdad. [1]
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En Derecho Civil, el dolo es un vicio de la voluntad que consiste en lograr que otra persona celebre un acto jurídico por medio de mentiras, engaños u ocultación de la verdad. [2]
  
 
En Derecho Penal, el dolo es la decisión y voluntad de cometer un delito con conocimiento de que se está cometiendo un delito.
 
En Derecho Penal, el dolo es la decisión y voluntad de cometer un delito con conocimiento de que se está cometiendo un delito.

Revisión del 11:12 2 jun 2017

En Derecho Civil, el dolo es un vicio de la voluntad que consiste en lograr que otra persona celebre un acto jurídico por medio de mentiras, engaños u ocultación de la verdad. [2]

En Derecho Penal, el dolo es la decisión y voluntad de cometer un delito con conocimiento de que se está cometiendo un delito.


Engaño, fraude, simulación. (Derecho Civil) tiene tres significados: es un engaño para celebrar un acto jurídico, es la intención de no cumplir un contrato y es también la intención de dañar (delito). En Derecho Penal es el deseo o intención de cometer el delito. [1]

Fuentes

Glosario para periodistas: términos judiciales más usados. Dirección de Prensa y Comunicaciones. Poder Judicial de Salta. [1]

Referencias

Poder Judicial de Salta [1]

Código Civil y Comercial de la Nación, arts. 271 y sgtes. [2]