Diferencia entre revisiones de «Negligencia»
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+ | Para establecer un caso de negligencia, generalmente se deben demostrar cuatro elementos: | ||
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+ | Deber de cuidado: La existencia de una obligación legal o moral de actuar de manera razonable y prudente para evitar causar daño a otros. | ||
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+ | Incumplimiento del deber: La falta de cumplimiento de esa obligación por parte de la persona acusada de negligencia. Esto implica no actuar de manera razonable o prudente en las circunstancias dadas. | ||
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+ | Causalidad: La demostración de que el incumplimiento del deber de cuidado fue la causa directa o indirecta del daño sufrido por la víctima. | ||
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+ | Daño: La existencia de daño físico, emocional o económico sufrido por la víctima como resultado del incumplimiento del deber de cuidado. " (Fuente 1) | ||
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Existe Negligencia cuando una persona realiza un acto sin tener el cuidado necesario o con falta de interés. | Existe Negligencia cuando una persona realiza un acto sin tener el cuidado necesario o con falta de interés. | ||
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La negligencia se encuentra regulada tanto en el derecho penal como en el derecho civil. | La negligencia se encuentra regulada tanto en el derecho penal como en el derecho civil. | ||
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La negligencia de una persona puede generar la responsabilidad de reparar un daño. | La negligencia de una persona puede generar la responsabilidad de reparar un daño. | ||
− | El Código Civil y Comercial regula la negligencia. | + | El Código Civil y Comercial regula la negligencia: Omisión o descuido que genera un daño. (Fuente 2) |
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Ley simple [http://www.derechofacil.gob.ar/leysimple/codigo-penal-de-la-nacion-parte-especial/] | Ley simple [http://www.derechofacil.gob.ar/leysimple/codigo-penal-de-la-nacion-parte-especial/] | ||
Código Civil y Comercial de la Nación. ARTICULO 1724. [http://www.saij.gob.ar/26994-nacional-codigo-civil-comercial-nacion-lns0005965-2014-10-01/123456789-0abc-defg-g56-95000scanyel?&o=0&f=Total%7CFecha%7CEstado%20de%20Vigencia%5B5%2C1%5D%7CTema%5B5%2C1%5D%7COrganismo%5B5%2C1%5D%7CAutor%5B5%2C1%5D%7CJurisdicci%F3n%5B5%2C1%5D%7CTribunal%5B5%2C1%5D%7CPublicaci%F3n%5B5%2C1%5D%7CColecci%F3n%20tem%E1tica%5B5%2C1%5D%7CTipo%20de%20Documento/Legislaci%F3n/Ley/C%F3digo&t=135] | Código Civil y Comercial de la Nación. ARTICULO 1724. [http://www.saij.gob.ar/26994-nacional-codigo-civil-comercial-nacion-lns0005965-2014-10-01/123456789-0abc-defg-g56-95000scanyel?&o=0&f=Total%7CFecha%7CEstado%20de%20Vigencia%5B5%2C1%5D%7CTema%5B5%2C1%5D%7COrganismo%5B5%2C1%5D%7CAutor%5B5%2C1%5D%7CJurisdicci%F3n%5B5%2C1%5D%7CTribunal%5B5%2C1%5D%7CPublicaci%F3n%5B5%2C1%5D%7CColecci%F3n%20tem%E1tica%5B5%2C1%5D%7CTipo%20de%20Documento/Legislaci%F3n/Ley/C%F3digo&t=135] | ||
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Editorial Jusbaires, 2019. | Editorial Jusbaires, 2019. | ||
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Revisión actual del 10:33 30 abr 2024
"La negligencia es un concepto legal que se refiere a la falta de cuidado o atención debida que resulta en daño o perjuicio hacia otra persona o propiedad. En el ámbito legal, la negligencia se considera un tipo de conducta ilícita, ya que implica no cumplir con el deber de cuidado que una persona razonablemente habría tenido en circunstancias similares.
Para establecer un caso de negligencia, generalmente se deben demostrar cuatro elementos:
Deber de cuidado: La existencia de una obligación legal o moral de actuar de manera razonable y prudente para evitar causar daño a otros.
Incumplimiento del deber: La falta de cumplimiento de esa obligación por parte de la persona acusada de negligencia. Esto implica no actuar de manera razonable o prudente en las circunstancias dadas.
Causalidad: La demostración de que el incumplimiento del deber de cuidado fue la causa directa o indirecta del daño sufrido por la víctima.
Daño: La existencia de daño físico, emocional o económico sufrido por la víctima como resultado del incumplimiento del deber de cuidado. " (Fuente 1)
Existe Negligencia cuando una persona realiza un acto sin tener el cuidado necesario o con falta de interés.
La negligencia se encuentra regulada tanto en el derecho penal como en el derecho civil.
En derecho penal la negligencia se regula dentro de la culpa. El derecho penal diferencia la culpa del Dolo. En derecho penal existe culpa cuando una persona no tuvo la intención ni la voluntad de realizar el delito.
Una persona que actúa con culpa puede hacerlo por negligencia o Imprudencia. Negligencia es hacer de menos.
Un ejemplo de negligencia es cuando una persona tiene un niño pequeño y lo deja solo en la calle, en vez de cuidarlo.
En derecho penal las penas de los delitos culposos son menores que las penas de los delitos dolosos.
En el derecho civil la negligencia se regula dentro de la culpa. En derecho civil existe culpa cuando una persona no tiene los cuidados necesarios según las características de la obligación que tiene que hacer y las circunstancias de las personas, el tiempo y el lugar.
La negligencia de una persona puede generar la responsabilidad de reparar un daño.
El Código Civil y Comercial regula la negligencia: Omisión o descuido que genera un daño. (Fuente 2)
Fuente 1
Derecho Fácil - SAIJ
Fuente 2
Ley simple [1]
Código Civil y Comercial de la Nación. ARTICULO 1724. [2]
Editorial Jusbaires, 2019.
Referencia 2
Glosario Jurídico en Lenguaje Claro Infanto Juvenil – GPS de Palabras