Diferencia entre revisiones de «Objeto del acto jurídico»

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En la amplia enumeración del Código Civil y Comercial argentino, tal posibilidad de contenido abarca esta escala de posibilidades:
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"En Derecho, el objeto jurídico es el término mediante el cual se hace referencia al contenido de un acto jurídico.1​ El objeto puede referirse por tanto a un derecho, objeto físico o ente sobre el cual el acto jurídico impone una afectación o intervención.
* cosas que estén en el comercio;
 
* aun no estando en el comercio, que no estén prohibidas;
 
* hechos no imposibles ni ilícitos ni inmorales;
 
* hechos no prohibidos (redundancia de lo anterior);
 
* hechos no contrarios a la libertad de la conciencia o de las acciones;
 
* hechos que no perjudiquen a un tercero en sus derechos.
 
  
El Código Civil y Comercial regula el objeto del acto jurídico en su artículo 279.<ref>Código Civil y Comercial de la Nación. [https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-26994-235975/actualizacion]</ref>
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Por ende, el objeto del acto jurídico, corresponde al fin que persiguen el autor o las partes que otorgan o celebran un acto o contrato.Se trata de los derechos y obligaciones por él creados.
  
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El objeto jurídico es uno de los elementos esenciales de una obligación o contrato, así como de cualquier tipo de negocio jurídico, quedando extinguido de no existir el objeto sobre el que recae el contrato, obligación o negocio jurídicos.
  
== Referencias ==
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Los elementos de un acto jurídico son : la voluntad, la causa, el objeto y las solemnidades en los casos que la ley las exige.
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La sanción a la falta de uno de estos elementos será que el acto no produce efecto alguna." (Fuente)
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== Fuente ==
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[[Categoría: Civil y Comercial]]
 
[[Categoría: Civil y Comercial]]

Revisión actual del 11:44 9 may 2024

"En Derecho, el objeto jurídico es el término mediante el cual se hace referencia al contenido de un acto jurídico.1​ El objeto puede referirse por tanto a un derecho, objeto físico o ente sobre el cual el acto jurídico impone una afectación o intervención.

Por ende, el objeto del acto jurídico, corresponde al fin que persiguen el autor o las partes que otorgan o celebran un acto o contrato.Se trata de los derechos y obligaciones por él creados.​

El objeto jurídico es uno de los elementos esenciales de una obligación o contrato, así como de cualquier tipo de negocio jurídico, quedando extinguido de no existir el objeto sobre el que recae el contrato, obligación o negocio jurídicos.

Los elementos de un acto jurídico son : la voluntad, la causa, el objeto y las solemnidades en los casos que la ley las exige. La sanción a la falta de uno de estos elementos será que el acto no produce efecto alguna." (Fuente)


Fuente

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