Diferencia entre revisiones de «Vale»

De WIKI Derecho Fácil
Saltar a: navegación, buscar
(Página creada con «Promesa escrita, mediante la cual una persona se obliga a pagar por sí misma una suma determinada de dinero. Si el vale fuere a la orden, será considerado como letra de c...»)
 
 
Línea 1: Línea 1:
 
Promesa escrita, mediante la cual una persona se obliga a pagar por sí misma una suma determinada de dinero. Si el vale fuere a la orden, será considerado como letra de cambio; en caso contrario, no se lo reputará como papel de comercio, sino como simple promesa de pago.
 
Promesa escrita, mediante la cual una persona se obliga a pagar por sí misma una suma determinada de dinero. Si el vale fuere a la orden, será considerado como letra de cambio; en caso contrario, no se lo reputará como papel de comercio, sino como simple promesa de pago.
 +
 +
==Referencias==
 +
"Glosario  Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.
 +
 +
==Fuentes==
 +
Glosario  Ijudicial. [https://ijudicial.gob.ar/glosario/]
 +
 +
[[Categoría: Civil y Comercial]]

Revisión actual del 08:49 24 feb 2021

Promesa escrita, mediante la cual una persona se obliga a pagar por sí misma una suma determinada de dinero. Si el vale fuere a la orden, será considerado como letra de cambio; en caso contrario, no se lo reputará como papel de comercio, sino como simple promesa de pago.

Referencias

"Glosario Ijudicial".Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Consejo de la Magistratura.

Fuentes

Glosario Ijudicial. [1]