Diferencia entre revisiones de «Ley Brisa»

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Notiamérica [https://www.notimerica.com/sociedad/noticia-triste-historia-hay-detras-ley-brisa-20180706205143.html]
 
Notiamérica [https://www.notimerica.com/sociedad/noticia-triste-historia-hay-detras-ley-brisa-20180706205143.html]
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Revisión actual del 11:42 8 ago 2024

Ley 27.452, Reparación económica para las niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia familiar o de género.

Reconoce el derecho a cobrar una suma mensual y a tener cobertura de salud.

La ley se llama asi porque Brisa es una niña argentina de 5 años que se convirtió en el emblema de "los hijos huérfanos por feminicidio".

Derecho a la reparación económica

Las personas menores de 21 años cuya madre, padre o progenitor o progenitora afín murió a causa de violencia de género o de violencia dentro de la familia tienen derecho a la reparación económica. Pueden ser argentinos o residentes. Si son residentes deben acreditar residencia de 2 años de manera continua.

Las personas con discapacidad pueden cobrar la reparación económica sin límite de edad.

Se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • En el caso de que el progenitor o progenitor afín haya sido procesado o condenado, se necesita que el auto de procesamiento como la sentencia estén firmes.
  • En el caso de la extinción penal por causa de muerte se necesita que la autoridad judicial declare la extinción de la acción por causa de muerte.
  • En el caso de fallecimiento por violencia intrafamiliar o de género se necesita que la autoridad judicial competente lo determine.

Forma de pago de la reparación económica

El Estado Nacional abona la reparación económica que es incompatible con otros beneficios nacionales, provinciales o municipales que se originen en el mismo hecho.

El monto de la reparación económica es igual a una jubilación mínima.

Se actualiza de acuerdo a la movilidad de la jubilación.

Se paga todos los meses.

Si sos menor de 18 años tiene que cobrar la persona que tiene tu guarda, es tu tutor, curador o adoptante. A partir de los 18 años, la tenés que cobrar vos. En ningún caso puede cobrar la reparación el progenitor acusado de haber causado la muerte del otro progenitor.


Extinción de la reparación económica

Dejás de cobrar la reparación económica cuando:

  • Se dicta el sobreseimiento o absolución de tu padre o progenitor afín acusado de haber causado la muerte de tu madre.
  • Te vas del país por más de 2 años.


El Estado Nacional está obligado a darte una cobertura integral de tu salud.

Fuente

Ley Simple [1] Notiamérica [2]